De acuerdo a lo dispuesto en la ley 18.256 sobre Control de Tabaquismo, promulgada por el Poder Ejecutivo el 6 de marzo de 2008, la Facultad fue sancionada por el Ministerio de Salud Pública (MSP).
La vigente ley prohíbe fumar o mantener encendidos productos de tabaco en: espacios cerrados que sean un lugar de uso público, espacios cerrados que sean un lugar de trabajo y espacios cerrados o abiertos, públicos o privados, que correspondan a dependencias de: Establecimientos sanitarios e instituciones del área de la salud de cualquier tipo o naturaleza o Centros de enseñanza e instituciones en las que se realice práctica docente en cualquiera de sus formas.
Exhortamos a funcionarios docentes y no docentes, estudiantes y público en general a respetar las indicaciones sobre la prohibición de fumar, principalmente en la entrada a la Facultad bajo el techo. Se recuerda, además, que los baldes de arena contra incendios y los canteros no son lugares para tirar las colillas.
Para llevar todo esto a cabo, necesitamos de la responsabilidad y colaboración de todos.